07 febrero 2022

SOLICITUD DE INGRESO Y ACCESO A LAS ENSEÑANZAS ELEMENTALES Y PROFESIONALES DE MÚSICA DE ASPIRANTES CON CARACTERÍSTICAS EXCEPCIONALES, QUE NO REÚNEN LOS REQUISITOS DE EDAD

 

El plazo para presentar solicitudes será del 1 de febrero al 30 de abril del año natural de realización de las pruebas de acceso.

 

Aquel alumnado que tuviera la autorización para el ingreso o acceso a enseñanzas elementales después del curso académico 2013-2014, no hará falta que curse una nueva solicitud para el acceso a las enseñanzas profesionales.

 

 

Aspirantes con menor edad ordinaria

 

Los aspirantes con edades menores de las fijadas con carácter ordinario (Enseñanzas Elementales de 8 a 12 años y Enseñanzas Profesionales de 12 a 18 años), según se establece en el artículo 2 de la orden 28/2011, de 10 de mayo, para iniciar las enseñanzas elementales o profesionales de Música, o bien para acceder a cursos diferentes del primero, deberán obtener la autorización para concurrir a las pruebas de ingreso o de acceso, respectivamente, por parte Consejo Escolar del Conservatorio.

 

Además de la Solicitud de ingreso y acceso a las enseñanzas elementales y profesionales de música (presente en el Anexo II de la orden 28/2011, de 10 de mayo), deberán presentar en el Conservatorio la siguiente documentación:

 

    a) Escrito de motivación de los representantes legales del alumno o alumna de la solicitud para poder realizar la prueba de ingreso o de acceso a las enseñanzas elementales o profesionales de música.

 

b) Un certificado de los estudios previos de Música del alumno o alumna que desee realizar la prueba, firmado por la dirección del centro, así como por el profesorado que haya impartido la docencia de Música en conservatorios, centros privados autorizados, escuelas de Música, o en centros docentes de Educación Primaria. En él, se certificará que el alumno o alumna, a pesar de no tener la edad ordinaria de ingreso o de acceso a las enseñanzas elementales o profesionales de Música, respectivamente, muestra aptitud y capacidades para poder acceder a las enseñanzas elementales, o bien, en el caso de optar por el acceso a las enseñanzas profesionales, que el alumno o alumna tiene superados los objetivos de las enseñanzas elementales. En el caso de los certificados emitidos por maestros de educación musical de centros de educación primaria, el docente deberá acreditar, mediante la titulación correspondiente, los estudios de Música que tenga superados.

 

c) Fotocopia compulsada del libro de familia actualizado.



d) Informe que acredite la condición de excepcionalidad en Música

 

 

 

 

 

 

Aspirantes con mayor edad ordinaria

 

Los aspirantes con edades mayores de las fijadas con carácter ordinario (Enseñanzas Elementales de 8 a 12 años y Enseñanzas Profesionales de 12 a 18 años), según se establece en el artículo 2 de la orden 28/2011, de 10 de mayo, podrán solicitar ante la dirección del centro presentarse a las respectivas pruebas de ingreso o de acceso, tanto al primer curso como a cursos diferentes del primero, de las enseñanzas elementales o profesionales de Música. El Consejo Escolar del centro evaluará la excepcionalidad que pudiera concurrir en los aspirantes, en orden a la valoración de la formación previa y de la práctica musical, y, en consecuencia, resolverá la solicitud para presentarse a las pruebas de ingreso o acceso.

 

Además de la Solicitud de ingreso y acceso a las enseñanzas elementales y profesionales de música (presente en el Anexo III de la orden 28/2011, de 10 de mayo), deberán presentar en el Conservatorio la siguiente documentación:

 

a) Escrito motivado

b) Certificado de estudios previos de Música

c) Fotocopia del DNI

 

 

El alumnado no debe estar matriculado en ningún otro conservatorio o centro autorizado de Música, en el caso de realizar las pruebas de ingreso o acceso a cursos diferentes a primero de las enseñanzas elementales y profesionales.

 

Puede encontrar toda esta información, así como los impresos que debe cumplimentar, en el siguiente enlace del portal gva o escaneando el código QR:

 


https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=15948